Cuando los clientes que rondan los 65 años nos solicitan información acerca de productos aseguradores de ahorro o inversión, en Euroteide Seguros (Asesores de Seguros y productos de ahorro e inversión) solemos sugerir, entre otras alternativas, la contratación de un Seguro de renta vitalicia.
Bajo nuestro punto de vista profesional, el Seguro de renta vitalicia es una opción de lo más interesante a cualquier edad, siempre que la prioridad del cliente sea su seguridad financiera a partir del momento de su jubilación.
¿Y qué es una renta vitalicia para mayores de 65 años?
Pues, independientemente de la edad a la que se contrate, se trata de un producto asegurador que permite al tomador transformar sus ahorros en una renta mensual que cobrará de por vida.
¿Te interesa saber más acerca de lo qué es una renta vitalicia?
En las siguientes líneas te explicamos todo lo que tienes que saber sobre esta modalidad de Seguro y por qué debes valorar seriamente la posibilidad de contratar uno.
Por qué tener un seguro de renta vitalicia a los 65 años
Estas son las tres razones principales por las que es aconsejable que contrates un Seguro de renta vitalicia cuando has cumplido los 65 años.
- Seguridad financiera futura
Obviamente, esta es la motivación más importante: al contratar un Seguro de renta vitalicia, te aseguras de recibir un ingreso fijo y garantizado cada mes y hasta que fallezcas, en adición a la prestación de pensionista que por ley te corresponde.
- Tratamiento fiscal favorable de las rentas percibidas
Las ventajas fiscales tampoco son desdeñables: la primera es que, según la legislación vigente, solo una parte de las rentas vitalicias que recibas estarán sujetas a tributación.
El porcentaje de renta imponible y el tipo impositivo dependerán de tu edad en el momento de cobrar las rentas, tanto la base como el tipo aplicado descienden conforme aumenta la edad del perceptor. Si quieres conocer los porcentajes exactos, más adelante encontrarás la tabla de la renta vitalicia y su fiscalidad por edades.
- Exención de la tributación en IRPF por ganancias patrimoniales
La segunda ventaja fiscal es que si reinviertes el importe obtenido por la venta o transmisión de algún bien patrimonial (como una vivienda o un paquete de acciones) en un seguro de renta vitalicia, y además tienes más de 65 años, puedes beneficiarte de una exención total o parcial de la tributación en IRPF por la ganancia patrimonial generada.
La renta vitalicia y su fiscalidad
Esta es la tabla de tramos, según edades, con los porcentajes de la renta vitalicia que están sujetos a impuestos y sus correspondientes tipos impositivos:
- Menos de 40 años: tributas por el 40 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 8 %.
- Entre 40 y 49 años: tributas por el 35 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 7 %.
- Entre 50 y 59 años: tributas por el 28 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 5,6 %.
- Entre 60 y 65 años: tributas por el 24 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 4,8 %.
- Entre 66 y 69 años: tributas por el 20 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 4, %.
- 70 o más años: tributas por el 8 % de la renta percibida, con un tipo impositivo del 1,6 %.
Inversión de ganancias patrimoniales en seguros de renta vitalicia
Además, si has obtenido recientemente una ganancia patrimonial, el seguro de renta vitalicia es un producto ideal para evitar pagar impuestos por esa ganancia. Para ello, debes tener 65 años o más y reinvertir en el Seguro de renta vitalicia todo el importe obtenido por la transmisión patrimonial, con un máximo permitido de 240 000 euros.
A modo de ejemplo, supón que has vendido un piso en 175.000 euros. Si tienes 65 años e inviertes todo el dinero en un seguro de renta vitalicia, la ganancia patrimonial al completo está exenta de tributación en el IRPF. También puedes optar por invertir solo una parte de la ganancia patrimonial. En ese caso, tienes derecho a la exención fiscal de la parte invertida.
En ambos casos, para obtener ese beneficio fiscal has de contratar el Seguro de renta vitalicia antes de que hayan transcurrido 6 meses desde la transmisión patrimonial. Asimismo, existen otras condiciones que varían en función de cada caso particular.
Tipos de seguros de renta vitalicia
Cada aseguradora dispone de sus propias modalidades de seguro de renta vitalicia. Estos son los tipos más habituales, en cuanto al momento de inicio de cobro de la prestación:
Renta vitalicia inmediata
El asegurado puede reclamar el cobro de la renta vitalicia en el momento en que lo desee.
Renta vitalicia diferida
El asegurado y la aseguradora acuerdan una fecha en que el primero empezará a cobrar la renta. Lo habitual es que esa fecha coincida con la de la jubilación del tomador.
Y respecto al capital invertido
Renta vitalicia de capital reservado
El asegurado puede cancelar el Seguro cuando quiera y recuperar el capital. También puede designar beneficiarios para que reciban el capital restante, en caso de fallecimiento del tomador.
Renta vitalicia de capital cedido
El asegurado no puede recuperar el dinero invertido. Y si el asegurado fallece, los herederos no reciben la diferencia entre el capital invertido y las rentas percibidas.
Renta vitalicia mixta
Existen múltiples variantes que combinan algunas condiciones de capital cedido con otras de capital reservado.
¿Y cómo se realizan las aportaciones dinerarias a este tipo de Seguro?
Puedes optar por abonar la prima en dos modalidades:
Seguro de renta vitalicia de prima única
La aportación total se realiza a la firma del contrato de seguro.
Seguro de renta vitalicia de primas extraordinarias
En el contrato se establecen varias aportaciones de menor importe al de la prima total.
Ahora que ya sabes qué es una renta vitalicia para mayores de 65 años, estamos casi convencidos de que te estás planteando algunas preguntas para las que no has encontrado respuesta en las anteriores líneas. En ese caso, ponte en contacto con nosotros: los expertos en productos de inversión y ahorro de Euroteide Seguros estamos a tu entera disposición para contestarlas.