¿Qué ofrecen los Seguros de ahorro y jubilación para empresas?
Si deseas incentivar a los empleados más valiosos de tu empresa, proporcionándoles una fórmula de retribución diferida, tienes a tu disposición toda una gama de productos que te ayudarán a fidelizarles y mostrarles tu compromiso humano y a la vez con su estabilidad financiera.
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Características
- Jubilación
Se trata de un Seguro vinculado a la jubilación, de manera que el capital dependerá de lo establecido en el convenio colectivo o en el acuerdo interno o compromiso adquirido por la empresa con sus trabajadores.
- Fallecimiento
Reembolso de primas en caso de fallecimiento del asegurado.
- Capitales
Los capitales pueden ser mensualidades o importes fijos y se determinarán en función de la antigüedad, de la edad de jubilación o de otros factores similares.
Características
- Prestaciones
Las prestaciones serán efectivas tanto en caso de supervivencia del asegurado como en caso de fallecimiento.
- Rescate
Existe la posibilidad de rescate tanto a favor de la empresa como del trabajador.
- Fiscalidad
- Las aportaciones realizadas podrán deducirse del Impuesto de sociedades.
- El trabajador difiere la tributación del IRPF hasta el vencimiento del plan de fidelización y, en ese momento, tributará como un rendimiento irregular del trabajo, beneficiándose del 30% de exención.
Características
- Cobro de la prestación
La prestación puede estar vinculada a la jubilación, de manera que el cobro de la misma se comenzará a percibir en ese momento.
- Fallecimiento
Existe además una cobertura por fallecimiento del asegurado por la que los beneficiarios designados percibirán el capital estipulado por contrato, pudiendo incluso optar por capitales ampliados en caso de fallecimiento por accidente o accidente de circulación.
- Invalidez
Es posible incluir, además, una indemnización en caso de invalidez permanente total dictaminada por la Seguridad Social.
Planes de Jubilación y prejubilación
Coberturas
Fallecimiento
En caso de fallecimiento del asegurado, los beneficiarios designados recibirán el capital establecido en el contrato de seguro.
Invalidez
Cuando por cualquier causa el trabajador asegurado sufre una invalidez permanente absoluta, recibirá el capital asegurado.
Jubilación
Garantiza a tus trabajadores el pago del capital asegurado, así como una rentabilidad libre de cualquier imprevisto.
¿Qué te ofrecen nuestros planes?
Si deseas incentivar a los empleados más valiosos de tu empresa, proporcionándoles una fórmula de retribución diferida, tienes a tu disposición toda una gama de productos que te ayudarán a fidelizarles y mostrarles tu compromiso humano y a la vez con su estabilidad financiera.
Modalidades
Planes de prejubilación
Pensado para empresas de cualquier tamaño que busquen proporcionar a sus empleados una renta asegurada que, unida a la prestación por desempleo durante los dos primeros años o a la prestación por jubilación de la Seguridad Social, según el caso, proporcione un complemento retributivo adecuado para mantener el nivel de vida que tenía mientras estaba laboralmente activo.
Se trata, por lo tanto, de complementar en distintos momentos un nivel salarial acordado entre la empresa y el trabajador o los trabajadores prejubilados.
También es utilizado por aquellas empresas que tienen excedentes de plantilla y que con este producto encuentran una solución que aporta valor al trabajador, ya que le permite mantener un determinado nivel salarial, seguir cotizando de cara a su futura jubilación y recibir unas rentas adicionales.
En lo que respecta a la empresa, los Planes de prejubilación suponen un ahorro de costes, ya que las aportaciones realizadas son un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.
Planes de jubilación
Esta modalidad de contratación permite instrumentar planes de retribución vinculados al momento de la jubilación del empleado. Así, el trabajador recibirá un complemento retributivo que, junto a la prestación por jubilación de la Seguridad Social, le permitirá alcanzar un determinado porcentaje de sus ingresos habituales.
Además, el beneficiario del seguro tiene la opción de percibir el pago de ese complemento retributivo en forma de renta o de capital.
Desde el punto de vista de la empresa, los Planes de jubilación se pueden rescatar en los supuestos previstos en la legislación tales como que el empleado cause baja en la empresa, que se quieran integrar los compromisos por pensiones en otro seguro o en un plan de pensiones e incluso, por parte del empleado, si éste padece una enfermedad grave o desempleo de larga duración.
¿A quiénes van dirigidos estos tipos de Seguros?
El principal objetivo de este tipo de productos es la constitución de un capital que complemente la retribución de los empleados de una empresa, como incentivo adicional para fidelizar a sus empleados más valiosos.
Además, en función del seguro de incentivación a empleados elegidos, pueden existir ventajas fiscales para la empresa, para el empleado o para ambos.
¿Qué diferencias hay entre los planes de pensiones y el Seguro de rentas?
Los planes de pensiones proporcionan ventajas fiscales que reducen la base imponible del IRPF al tributar las prestaciones como rentas del trabajo, hasta un máximo de 8.000 euros.
Los Seguros de rentas, por su parte, convierten el ahorro del asegurado en una renta, de manera que disfrutará del beneficio fiscal en el momento del cobro de la prestación.
¿Cuál es la diferencia entre un plan de jubilación y un plan de pensiones?
Las diferencias entre un plan de jubilación y un plan de pensiones son básicamente tres:
Rentabilidad
El plan de jubilación ofrece una rentabilidad moderada, en torno al interés técnico legal, mientras que en los planes de pensiones la rentabilidad se determina por las inversiones del fondo de pensiones, ya sean acciones, bonos o ambos, y que vendrán dadas por el nivel de riesgo que el cliente quiera asumir.
Fiscalidad
Los beneficiarios de un plan de jubilación tributan en el momento de percibir la prestación por la diferencia entre el capital recibido y las aportaciones realizadas. En cambio, los planes de pensiones permiten que te deduzcas las aportaciones en tu declaración de la renta, con un máximo de 8.000 euros al año.
Disponibilidad
En el plan de jubilación, el titular puede rescatar el dinero en cualquier momento, ateniéndose siempre a los supuestos previstos por ley vigente. En los planes de pensiones, en cambio, tan sólo puede disponerse del capital constituido en el momento de la jubilación o en los supuestos establecidos en la ley, es decir, en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración. Además, a partir del año 2025 podrán rescatarse también aquellos planes de pensiones con al menos 10 años de antigüedad.
¿Cuál es el objetivo de las prejubilaciones?
Las prejubilaciones se han convertido en una herramienta muy utilizada por las empresas para realizar ajustes en sus plantillas, siendo muy bien aceptadas por parte de los trabajadores.
Con ellas las empresas asumen el compromiso de complementar la prestación por desempleo hasta alcanzar un determinado porcentaje del salario del trabajador durante un máximo de dos años, manteniendo las cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Qué producto de ahorro colectivo es más adecuado para la empresa en función de las circunstancias de sus empleados?
Si lo que se pretende es incentivar a tus empleados más valiosos, proporcionándoles una renta adicional, condicionada a la permanencia en la empresa o a la finalización de unos determinados proyectos, lo más adecuado es recurrir a los Premios a empleados, los Planes de fidelización e incluso los Seguros de rentas.
En cambio, si el objetivo es ajustar la plantilla de una manera ordenada y que sea bien percibida por los trabajadores, facilitándoles un complemento retributivo que complemente sus percepciones vinculadas a la Seguridad Social, debes pensar en los Planes de prejubilación.
Por último, cuando quieres contribuir a que tus empleados, en el momento de la jubilación, reciban una retribución que complemente su percepción por jubilación, la solución son los Planes de jubilación.
¿Se puede disponer de la prestación en forma de renta?
En el momento del cobro de la prestación el asegurado podrá elegir entre percibirla en forma de capital o de renta según prefiera.
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