Si te dedicas al sector de la hostelería y trabajas en Tenerife, debes saber que para realizar tu actividad profesional estás obligado a contratar un Seguro de responsabilidad civil. Esto es así porque, de acuerdo con nuestro Código Civil, cualquier persona que, en el desarrollo de cualquier actividad, cause daños a un tercero está obligado a reparar y resarcir dichos daños.
De esta forma, nuestro Código Civil prevé las consecuencias económicas que tendrá la producción de cualquier daño, pero se ha de tener en cuenta que el riesgo de que se produzcan estos daños y la cuantía de la indemnización dependerá de cada caso en concreto.
Por esta razón, nos encontramos en el mercado diferentes tipos de Seguros de responsabilidad civil con los que hacer frente a los gastos derivados de la indemnización por la producción del daño: Seguros de vida, Seguros de hogar, Seguros de responsabilidad civil profesional o Seguros de coche y moto, entre muchos otros.
Para entender bien estos conceptos y determinar qué Seguro es el que se adapta mejor a nuestras necesidades, lo más aconsejables es contar con los servicios de una asesoría como Euroteide Seguros, donde te explicarán qué póliza necesitas contratar para llevar a cabo tu actividad profesional en Tenerife, aunque es igual en todo el territorio nacional.
¿Qué es un seguro de responsabilidad civil profesional?
El Seguro de responsabilidad civil profesional es un tipo de Seguro a través del cual será la aseguradora quien hará frente a las demandas económicas por responsabilidad civil. Esto quiere decir que el Seguro por responsabilidad civil profesional desplaza el pago de la indemnización correspondiente por los daños causados a un tercero a una empresa aseguradora, de forma que el profesional causante del daño no tendrá que pagar nada a cambio de pagar la prima correspondiente de su póliza de Seguro.
El objeto de este tipo de Seguros es hacer frente a los daños materiales, personales y consecuenciales que el profesional haya podido causar a un tercero en el desarrollo las funciones inherentes a su oficio, siendo la aseguradora quien asume este riesgo y quien, en caso de que se produzcan los daños, hará frente a la indemnización correspondiente. No obstante, si bien es cierto que la empresa aseguradora hará frente a las consecuencias económicas de los daños producidos, no es menos cierto que existe un límite: el capital asegurado pactado en la póliza de Seguro.
¿Qué coberturas mínimas tiene un seguro de responsabilidad civil profesional?
Aunque las coberturas del Seguro de responsabilidad civil profesional dependerán en gran medida de la actividad profesional que se lleve a cabo, lo cierto es que hay una serie de coberturas mínimas que se dan en la gran mayoría de los Seguros de responsabilidad civil profesional. Son las siguientes:
- Responsabilidad civil profesional: es la responsabilidad en que incurre cualquier profesional o empresa que, en el desarrollo de su actividad, cause daños materiales, personales o patrimoniales primarios a un tercero, normalmente un cliente que solicita sus servicios.
- Daños patrimoniales primarios: se refiere a los perjuicios económicos que no derivan directamente de un daño personal o material, es decir, son daños de carácter económico.
- Fianzas y defensa: además de hacer frente a la correspondiente indemnización, la póliza de Seguro de responsabilidad civil profesional suele incluir la fianza de dicha indemnización y los gastos de la defensa jurídica del profesional en cuestión en el proceso judicial correspondiente.
- Responsabilidad civil por la explotación del local: es aquella responsabilidad a la que tendrá que hacer frente la empresa o el profesional por los daños producidos a un tercero derivados del uso y explotación del local donde se lleva a cabo la actividad profesional.
- Pérdida o destrucción de expedientes: hace referencia a la pérdida o eliminación de los documentos de los clientes.
- Responsabilidad civil del personal dependiente: es aquella responsabilidad civil en que incurre la empresa o el profesional por los daños producidos a un tercero por su personal.
- Responsabilidad civil de actividad de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
¿Y qué coberturas opcionales tiene el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional?
No obstante, además de las coberturas básicas o mínimas, las aseguradoras también ofrecen una serie de coberturas opcionales que el profesional o la empresa podrá contratar con la aseguradora. Las coberturas opcionales más habituales son las siguientes:
- Responsabilidad civil locativa: es aquella responsabilidad en la que incurre la empresa o el profesional por los daños causados en el local alquilado para desarrollar la actividad profesional en cuestión.
- Responsabilidad civil patronal: es aquella responsabilidad a la que tendrá que hacer frente la empresa o el profesional por los daños causados a sus trabajadores en un accidente laboral.
- Inhabilitación profesional: en caso de que el profesional o la empresa asegurada haya sido inhabilitado para llevar a cabo su oficio en virtud de una sentencia judicial firme, percibirá una indemnización mensual por parte de la empresa aseguradora.
- Responsabilidad civil por infidelidad de los trabajadores: en caso de conductas fraudulentas por parte de los trabajadores de la empresa o profesional asegurado, la empresa aseguradora hará frente a la responsabilidad civil derivada de estas actuaciones.
¿Cuándo es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil profesional?
Aunque no siempre es obligatorio contratar un Seguro de responsabilidad civil, siempre es buena idea contar con este tipo de Seguro, sobre todo para los empresarios y profesionales en el desarrollo de su actividad profesional.
El Seguro de responsabilidad civil profesional no es obligatorio para todas las empresas ni para todos los profesionales: su obligatoriedad depende de la actividad profesional que se lleve a cabo. El seguro de responsabilidad civil profesional es obligatorio para los siguientes profesionales:
- Restaurantes, bares y cafeterías.
- Abogados.
- Personas físicas y jurídicas que presten servicios sanitarios.
- Profesionales que prestan asistencia sanitaria privada.
- Administradores concursales.
- Empresas conservadoras de ascensores.
- Corredores de Seguros.
- Intermediarios financieros.
- Locales y establecimientos en que se lleven a cabo actividades recreativas como cines o teatros.
- Locales en que se lleven a cabo actividades zoológicas, botánicas o geológicas.
- Salones recreativos.
- Complejos deportivos y gimnasios.
- Empresas de transporte público colectivo o transporte escolar.
- Agencias de viajes.
- API (Agentes de la propiedad inmobiliaria).
- Administradores de fincas.
En el caso de los autónomos de la hostelería que trabajen en Tenerife, deberán contratar un Seguro de responsabilidad civil profesional que cubra los daños provocados a terceros en el desarrollo de su actividad profesional, así como los daños producidos a sus propios empleados.
En cualquier caso, antes de contratar cualquier Seguro, lo mejor es informarse debidamente con profesionales del sector como el equipo de Euroteide Seguros.